El Grupo Meetup de Houston Day Traders El Grupo Meetup Houston Day Traders El Houston Active Trading Group se ha organizado para permitir el flujo de ideas relacionadas con Acciones, Opciones, Forex, Commodities y E-minis. Nuestra meta es ayudar a los Comerciantes Activos a lograr sus metas a través de información compartida y mejor educación. Nuestro grupo está patrocinado por el Ohellip El Grupo de Negocio Activo de Houston ha sido organizado para permitir el flujo de ideas relacionadas con Acciones, Opciones, Forex, Commodities y E-minis. Nuestra meta es ayudar a los Comerciantes Activos a lograr sus metas a través de información compartida y mejor educación. Nuestro grupo está patrocinado por la Online Trading Academy en Houston, TX. Proporcionan mucho apoyo, entrenamiento gratis para nuestros miembros y un lugar para reunirse. Los nuevos miembros deben ser aprobados por el organizador Organizado por Alan F. Ayude a apoyar su Meetup No Meetups actualmente programado. Houston - Qué esperar Esta clase está diseñada para ayudarte a adquirir las habilidades necesarias para hacer mejores opciones de inversión y administrar adecuadamente las inversiones. Aprenda técnicas prácticas sobre cómo ingresar órdenes de opciones usando un corredor en línea, cómo administrar posiciones comerciales y de prueba de estrés, y cómo entender y consecuentemente lograr sus objetivos de inversión. Una comprensión de los conceptos básicos, así como la experiencia limitada de opciones comerciales, le ayudará a sacar el máximo provecho de este seminario. Opciones de correo electrónico Profesionales Preguntas sobre cualquier cosa relacionadas con las opciones Enviar un correo electrónico a un profesional de opciones ahora. Chat con Opciones Profesionales Preguntas sobre cualquier cosa relacionado con las opciones Charla con un profesional de opciones ahora. Patrocinadores Oficiales de la OCI Este sitio web discute las opciones negociadas en bolsa emitidas por la Corporación de Clearing de Opciones. Ninguna declaración en este sitio web debe interpretarse como una recomendación para comprar o vender un valor, o para proporcionar asesoramiento de inversión. Las opciones implican riesgo y no son adecuadas para todos los inversores. Antes de comprar o vender una opción, una persona debe recibir una copia de Características y Riesgos de Opciones Estandarizadas. Copias de este documento pueden obtenerse de su corredor, de cualquier intercambio en el cual las opciones son negociadas o poniéndose en contacto con la Corporación de Clearing de Opciones, One North Wacker Dr. Suite 500 Chicago, Illinois 60606 (investorservicestheocc). Copy 1998-2016 The Options Industry Council - Todos los derechos reservados. Consulte nuestra Política de privacidad y nuestro Acuerdo de usuario. Síguenos: El usuario reconoce la revisión del Acuerdo de usuario y la Política de privacidad que rigen este sitio. La Comisión de Comercio de Futuros de Productos Básicos (Commodity Futures Trading Commission) tiene razones para creer que Ronald J. Schoemmell (Schoemmell) y Valdimar Thorkelsson (Thorkelsson), haciendo negocios como R. S. Del Taller de Houston, han violado las secciones 4b (a) (i) y (iii) y 4 o (1) (A) y (B) de la Ley de Intercambio de Mercancías, enmendada (la Ley), 7 U. S.C. 6b (a) (i) y (iii), 6 o (1) (A) y (B), y la Sección 4.41 (a) de los reglamentos promulgados bajo la Ley (en adelante el Reglamento), 17 C. F.R. 4.41 (a) (1999). Por lo tanto, la Comisión considera apropiado y en el interés público que los procedimientos administrativos públicos sean instituidos para determinar si Schoemmell y Thorkelsson participaron en las violaciones establecidas en este documento y determinar si debe dictarse una orden que imponga sanciones correctivas. En previsión de la institución de estos procedimientos administrativos, Schoemmell y Thorkelsson han presentado ofertas de liquidación (ofertas), que la Comisión ha decidido aceptar. Schoemmell y Thorkelsson, sin admitir ni denegar las conclusiones de este documento, reconocen cada uno de los servicios de esta Orden que instituye procedimientos de conformidad con las secciones 6 (c) y 6 (d) de la Ley y conclusiones e instrucciones que imponen sanciones correctivas. Schoemmell y Thorkelsson consienten en el uso de las conclusiones contenidas en esta Orden en este procedimiento y en cualquier otro procedimiento interpuesto por la Comisión o en el cual la Comisión sea parte. 1 La Comisión constata lo siguiente: Desde noviembre de 1998 hasta la fecha, Schoemmell y Thorkelsson, actuando a través de una entidad no constituida en sociedad conocida como la R. S. Del Taller de Houston (Taller), cometió un fraude de solicitación mientras actuaba como asesores de comercio de materias primas. Schoemmell y Thorkelsson ofrecieron un curso de negociación y una metodología basada en falsas declaraciones hechas en Internet y en un folleto que intercambiaron contratos de futuros de índices de acciones de Standard amp Poors 500 (futuros S amp P 500) con éxito para sus propias cuentas utilizando esa metodología. Sin embargo, ni Schoemmell ni Thorkelsson fueron un comerciante de productos básicos con éxito. Schoemmell sufrió constantemente pérdidas comerciales netas en cada uno de los seis años que negoció, y Thorkelsson sólo hizo una ganancia insignificante en uno de varios años que negoció. En consecuencia, las solicitudes de Schoemmells y Thorkelssons a clientes reales y potenciales eran falsas, engañosas y engañosas a causa de su declaración equivocada de hechos importantes para las decisiones de los clientes de comprar el taller de negociación, en violación de las secciones 4b (a) (i) y (iii) 4 o de la Ley y el Artículo 4.41 (a). Schoemmell y Thorkelsson también hicieron declaraciones en su sitio web y en un folleto enviado a estudiantes y futuros estudiantes que dieron presuntos resultados hipotéticos de su metodología comercial. De hecho, sin embargo, Schoemmell y Thorkelssons publicaron los resultados de negociación de futuros se basaron en la selección después de los hechos de los comercios y los puntos de entrada y salida. Por lo tanto, defraudaron a sus clientes y potenciales clientes al no revelar la selección posterior de los hechos y los precios que hicieron los resultados de comercio ficticio. 2 Ronald J. Schoemmell reside en 14918 Waybridge Drive, Houston, Texas 77062. Schoemmell nunca ha sido registrado en la Comisión en cualquier capacidad. Valdimar Thorkelsson reside en 1419 Diamond Brook Drive, Houston, Texas 77062. El 15 de febrero de 2000, Thorkelsson fue designado como director de la R. S. De Houston Workshop, un asesor registrado de comercio de productos básicos (CTA). La R. S. Del taller de Houston es un d / b / a de Thorkelsson, que archivó un certificado de la operación bajo nombre asumido el 17 de noviembre de 1997 en el condado de Harris, Tejas. A partir de 1996, Schoemmell y Thorkelsson ofrecieron a los clientes, a través de anuncios en las revistas de la industria de futuros, un taller de comercio de futuros de corto plazo y de día, y desde noviembre de 1998 han comercializado su taller en público a través de un sitio web. El sitio web, rsofhouston. Proporciona información general sobre ellos, y también pretende dar resumen de los resultados de la metodología comercial que enseñan en su taller. Por una cuota de 2.800, los entrevistados prometieron impartir su metodología comercial rentable a los estudiantes a través de un taller de cuatro días que realizaron en Houston, Texas aproximadamente una vez al mes. Por una cuota de 1.800, Schoemmell y Thorkelsson también ofrecieron a los clientes un curso de estudio en el hogar que incluía los mismos materiales proporcionados en el taller en vivo. Por último, por una cuota de 2.495, los encuestados ofrecieron seminarios de fin de semana en ciudades de todo el país durante los primeros tres meses de 2000. Después de la instrucción en el aula, los clientes del taller reciben 30 días de nuevas cartas comerciales vía fax o correo electrónico. Las cartas, que rastrean el comercio en futuros SampP 500, se envían al final de cada día. Las tablas, compuestas después del cierre de las operaciones, ofrecen comentarios de Schoemmell y muestran los oficios de ese día que califican bajo la R. S. metodología. Schoemmell y Thorkelsson, a través de su sitio web y / o en un folleto promocional de correo directo, solicitaron a los estudiantes para su taller de comercio utilizando dos tipos de reclamaciones materialmente falsas. Primero, afirmaron que Schoemmell y Thorkelsson intercambiaron sus propias cuentas de manera rentable usando la metodología del Taller. Específicamente, en cuanto a Schoemmell, afirmaron que utilizó la metodología de negociación de Workshops para negociar contratos de futuros de manera rentable en sus propias cuentas comerciales, y también afirmó que Schoemmell hizo su vida cotidiana de esa manera. Sin embargo, los estados de cuentas de Schoemmells demuestran que él sufrió pérdidas comerciales netas agregadas en sus cuentas de negociación en cada año que él negoció (1992 a 1999). Los testimonios de los estudiantes reimprimidos en el sitio web de los encuestados señalaron que los estudiantes pensaban que Schoemmells pretendía utilizar con éxito la metodología para su negociación personal era importante al decidir tomar el curso. Además, aunque Schoemmell cerró la última de sus cuentas de futuros en octubre de 1999, el folleto promocional de correo directo, enviado en diciembre de 1999 o enero de 2000, continuó afirmando que Schoemmell estaba negociando futuros según la metodología del taller: Mi nombre es Ron Schoemmell. He estado negociando los mercados de futuros por más de una docena de años. Es cómo hago mi vida cotidiana - y por cualquier medida que desee aplicar, lo hago muy bien. Esa afirmación era falsa. Schoemmell también afirmó en los materiales del curso proporcionados a los estudiantes que tomaron el Taller que él había hecho operaciones rentables en ciertos días especificados cuando, de hecho, sus registros comerciales demostraron que él o no negoció, o no hizo ningún beneficio del comercio, en aquellos días . En cuanto a Thorkelsson, el folleto enviado por los encuestados a los actuales y futuros estudiantes en diciembre de 1999 o enero de 2000 alegó que Thorkelsson era un comerciante exitoso, lo que no era cierto su comercio en siete cuentas de futuros (tres de los cuales se negociaban en nombre de una familia - Excepto en 1996, cuando su única cuenta activa de ese año arrojó un beneficio neto anual de 55. El segundo tipo de falsas declaraciones incluyó la publicación de un supuesto registro hipotético de operaciones por parte de los encuestados el RS De la metodología comercial de Houston en su sitio web en septiembre de 1999 y el uso de un registro comercial similar en su folleto promocional de correo directo enviado a estudiantes y futuros estudiantes a finales de 1999 y principios de 2000. Schoemmell y Thorkelsson crearon el registro comercial retrospectivamente. Por lo tanto, el registro comercial publicado, en lugar de ser hipotético - es decir, la producción mecánica de datos de precios históricos alimentados a través de un algoritmo que contiene señales preestablecidas de precios y respuestas que pueden ser replicadas por cualquiera que use los mismos datos históricos - fue inclinado por Schoemmell y Thorkelssons después de la aplicación de juicios subjetivos sobre la selección del comercio, la fijación de precios y la entrada en el mercado y el tiempo de salida. Por lo tanto, el denominado historial hipotético de comercio era en realidad un inventario inventado y ficticio que no representaba un registro objetivo de la producción de la metodología del Taller, y que no podía ser replicado fácilmente por ningún estudiante. D. VIOLACIONES DEL REGLAMENTO DE LA LEY Y DE LA COMISIÓN 1. Los demandados Schoemmell y Thorkelsson infringieron las secciones 4b (a) (i) y (iii) de la Ley Las secciones 4b (a) (i) y (iii) Ser ilegal, en o en conexión con cualquier orden de hacer o hacer un contrato de futuros, por o en nombre de cualquier otra persona, (i) engañar o defraudar, o intentar engañar o defraudar a esa otra persona, o ( Iii) intencionalmente engañar o intentar engañar a esa otra persona por cualquier medio con respecto a tal orden o contrato, o la disposición o ejecución de tal orden o contrato, o con respecto a cualquier acto de agencia realizado con respecto a tal orden O contrato para dicha persona. Las declaraciones falsas y las omisiones de hechos materiales hechos con Scienter con respecto a transacciones de futuros constituyen fraude bajo la Sección 4b (a) de la Ley. 3 Adicionalmente, las Secciones 4b (a) (i) y (iii) requieren que las tergiversaciones y omisiones materiales de los hechos relevantes se realicen en relación con transacciones de futuros. 4 Los encuestados sabían que no habían utilizado con éxito su propia metodología de negociación para obtener ganancias en sus propias cuentas comerciales, pero, sin embargo, falsificaron su negociación como rentable para atraer a los estudiantes que pagan por sus cursos de trading. Además, el entrevistado Schoemmell sabía que no realizaba ganancias comerciales en días específicos, como se representa en los materiales del curso. Como tales, las representaciones de los encuestados constituyen fraude en violación de las Secciones 4b (a) (i) y (iii), 6 U. S.C. 6b a) i) y iii) (1994). Los encuestados también afirmaron que la metodología que enseñaban generaba ganancias sustanciales, sabiendo que esas reclamaciones no se basaban en el comercio real, sino más bien en su aplicación posterior del juicio subjetivo a las operaciones que ya habían ocurrido. Las declaraciones falsas de los resultados de desempeño son materiales porque los resultados simulados exageran de manera inherente la confiabilidad y validez de un sistema de inversión, y debido a que las reclamaciones extravagantes subestiman los riesgos inherentes en el comercio de materias primas, un inversionista razonable consideraría tales falsas declaraciones fraudulentas como materiales. RampW Servicios Técnicos. 2000 WL at 3. 2. Demandados Schoemmell y Thorkelsson Violados Sección 4o (1) de la Ley y Sección 4.41 del Reglamento El Artículo 4 o (1) de la Ley prohíbe a las CTAs (a) emplear cualquier dispositivo, esquema o artificio para defraudar Cualquier cliente o participante o posible cliente o participante, o (b) participar en cualquier transacción, práctica o curso de negocios que funcione como un fraude o engaño sobre cualquier cliente o participante o potencial cliente o participante. La Sección 4.41 (a) del Reglamento prohíbe a una CTA oa su principal de anunciar de manera fraudulenta o engañosa. Para establecer una violación de la Sección 4 o de la Ley y de la Sección 4.41 (a) del Reglamento, la División debe probar que el demandado fue (i) un CTA o, con respecto a la Sección 4.41 del Reglamento, , Y (ii) o (a) empleó cualquier dispositivo, esquema o artificio para defraudar a cualquier cliente o cliente potencial, o (b) participó en cualquier transacción, práctica o curso de negocio que funcione como fraude o engaño sobre cualquier cliente O cliente potencial. La Sección 4 o (1) de la Ley, que también requiere el uso de los correos o cualquier medio o instrumentalidad del comercio interestatal, prohíbe tanto a las CTA registradas como a las no registradas de defraudar a sus clientes. 5 La Sección 4.41 (a) del Reglamento también se aplica a todos los CTAs, independientemente de si estos CTAs deben registrarse. De acuerdo con el artículo 1a (5) de la Ley, para demostrar que alguien es un CTA, debe demostrarse que la persona (i) aconseja a otro sobre el valor o la conveniencia de negociar en contratos de futuros, (ii) directamente oa través de Publicaciones, escritos o medios electrónicos, (iii) para compensación o ganancia, a menos que esa persona sea el editor o productor de cualquier información impresa o electrónica de difusión general y regular, incluyendo a sus empleados si dichos editores o productores Exclusivamente incidental a la conducta de su negocio o profesión. 6 Schoemmell y Thorkelsson dieron asesoramiento comercial de futuros sobre materias primas para compensación o ganancia y, por lo tanto, son CTAs. 7 Schoemmell y Thorkelsson hicieron sus falsas declaraciones en el curso de solicitar a los estudiantes a estudiar su metodología comercial, cuyo objetivo era asesorar a las personas cuando comprar o vender futuros SampP 500, y los estudiantes pagaron para recibir este consejo y aprender la metodología. Por otra parte, Schoemmell y Thorkelssons suministro de asesoramiento comercial de futuros, a través de sus cursos de comercio y materiales de curso, no era incidental a la conducta de su negocio. Más bien, la prestación de asesoramiento comercial de futuros era su negocio. Así, Schoemmell y Thorkelsson encajan perfectamente en la definición de un CTA bajo la Sección 1a (5) de la Ley. De hecho, Thorkelsson reconoció explícitamente este hecho al registrar su taller d / b / a, como CTA. La conducta que viola la Sección 4b (a) también constituye una violación de la Sección 4 (1) de la Ley cuando es cometida por una persona que actuaba como un asesor de comercio de productos básicos. En la RampW Technical Services, Comm. Fut. (Dado que hemos encontrado que los encuestados violaron la Sección 4b (a) de la Ley y que actuaron como CTAs, no se necesitan más análisis para concluir que RampW y Reagan también Violó la Sección 4 o (1) de la Ley). Las declaraciones falsas de Schoemmell y Thorkelssons violaron por lo tanto la Sección 4 o de la Ley. Además, como Schoemmell y Thorkelsson, al actuar como CTA, anunciadas de manera fraudulenta o engañosa, su conducta violaba el Artículo 4.41 (a). OFERTAS DE ASENTAMIENTO Schoemmell y Thorkelsson han presentado Ofertas en las que cada una, sin admitir ni denegar las conclusiones de la misma: (1) admite la jurisdicción de la Comisión con respecto a los asuntos aquí establecidos (2) reconoce la notificación de la Orden Una audiencia, una audiencia, todos los procedimientos posteriores a la audiencia, revisión judicial por cualquier tribunal, cualquier objeción a la participación del personal en la consideración de la Oferta por parte de la Comisión, todas las reclamaciones que Schoemmell o Thorkelsson puedan poseer en virtud de la Ley de Igual Acceso a la Justicia 5. USC 504 (1994) y 28 U. S.C. 2412 (1994), modificada por Pub. L. No. 104 - 121, 231 - 32, 110 Stat. 862-63 (1996), y parte 148 del Reglamento de la Comisión, 17 C. F.R. 148.1, et seq. (1997) relativa a esta acción o derivada de ella, y cualquier reclamación de Doble Garantía basada en la institución de este procedimiento o la entrada de cualquier orden que imponga una pena civil o cualquier otro alivio (4) estipula que la base (5) consiente a la emisión de la Comisión de esta Orden, la cual hace las constataciones que se establecen a continuación y: (a) ordena que cada una cesa y Desistir de violar las disposiciones de la Ley y los Reglamentos que se haya constatado que han violado, (b) impone a cada una una multa penal de 10.000 y (c) ordena que cada uno cumpla con sus compromisos, según lo establecido en la Orden. CONCLUSIONES DE LAS VIOLACIONES La Comisión concluye que Schoemmell y Thorkelsson infringieron las secciones 4b a) i) y iii) y 4 o (1) (únicamente en virtud del consentimiento manifestado en la oferta y sin que se haya pronunciado sobre el fondo) A) y (B) de la Ley, 7 USC 6b a) i) y iii), 6 o) 1) A) y B) y la regla 4.41 a). Por consiguiente, se ordena a Schoemmell y Thorkelsson: 1. Cada uno de ellos cesará y desistirá de nuevas violaciones de las secciones 4b (a) (i) y (iii) y 4 o (1) (A) y (B) de la Ley , 7 USC 6b (a) (i) y (iii), 6 o (1) (A) y (B) y la Regla 4.41 (a) 2. ¿Pagarán cada uno una multa civil por la cantidad de Diez Mil Dólares (10,000.00) Schoemmell Y Thorkelsson pagarán el monto total en un plazo de diez días a partir de la fecha de la Orden mediante transferencia electrónica de fondos, o mediante giro postal de los Estados Unidos, cheque certificado, cheque bancario o giro bancario, pagaderos a Commodity Futures Trading Commission, Y enviado a Dennese Posey, División de Comercio y Mercados, Commodity Futures Trading Comisión, Three Lafayette Center, 1155 21 st Street, NW Washington, DC 20581, al amparo de las cartas que identifican los nombres de Schoemmells y Thorkelssons y el número de expediente del procedimiento Schoemmell y Thorkelsson transmitirán simultáneamente copias de su (s) carta (s) de presentación y las formas de pago a Phyllis J. Cela, , División de Ejecución, Commodity Futures Trading Commission, 1155 21 st Street, NW Washington, DC 20581 y 3. Schoemmell y Thorkelsson cumplirán con los siguientes compromisos: A. Ni Schoemmell ni Thorkelsson deturparán, expresa o implícitamente: 1. el rendimiento, beneficios o resultados obtenidos por, o los resultados que puedan lograrse por 2. los riesgos asociados a la negociación de acuerdo con cualquier sistema de comercio de futuros o de opciones o servicio de asesoramiento B. Ni Schoemmell ni Thorkelsson presentarán el desempeño de ninguna empresa simulada O una hipotética cuenta de intereses de materias primas, una transacción en un interés sobre productos básicos o una serie de transacciones en un interés sobre materias primas a menos que dicho desempeño vaya acompañado de la siguiente declaración, según lo requerido por 17 CFR 4.41 (b): Los resultados de rendimiento hipotéticos o simulados tienen ciertas limitaciones inherentes. A diferencia de un registro de rendimiento real, los resultados simulados no representan el comercio real. Además, dado que las operaciones no se han ejecutado realmente, los resultados pueden tener una compensación insuficiente o excesiva para el impacto, si alguno, de ciertos factores de mercado, como la falta de liquidez. Los programas comerciales simulados en general también están sujetos al hecho de que están diseñados con el beneficio de la retrospectiva. No se hace ninguna representación de que cualquier cuenta tenga o sea probable obtener ganancias o pérdidas similares a las mostradas. Al hacerlo, Schoemmell y Thorkelsson deberán identificar claramente los resultados de rendimiento hipotéticos o simulados basados, en su totalidad o en parte, en los resultados hipotéticos de negociación. C. Ni Schoemmell ni Thorkelsson harán ninguna representación de los beneficios financieros asociados con ningún sistema de futuros o opciones de comercio de productos o servicios de asesoría sin antes divulgar, prominente y visiblemente, que el comercio de futuros implica altos riesgos con potencial de pérdidas sustanciales. D. Ni Schoemmell ni Thorkelsson podrán representar, expresa o implícitamente: 1. el rendimiento, los beneficios o los resultados obtenidos por los usuarios, incluido él mismo, de los futuros de las materias primas o el sistema de negociación de opciones o el servicio de asesoramiento 2. que los riesgos asociados con el comercio de futuros de productos básicos o el sistema de negociación de opciones o el servicio de asesoramiento; 3. que la experiencia representada por cualquier usuario, testimonio o endoso de los futuros de productos básicos o el sistema de comercio de opciones o servicio de asesoramiento representa la experiencia típica o ordinaria de los miembros Del público que utilice el sistema o servicio de asesoramiento a menos que: (i) Schoemmell o Thorkelsson posean y se basen en una base razonable que sustente la representación en el momento en que se hace y (ii) durante dos (2) años después de la última fecha del Schoemmell o Thorkelsson mantiene todos los anuncios y materiales promocionales que contienen dicha representación y todos los materiales que se basaron o que de otra forma justificaron dicha representación en el momento en que se hizo, y pone dichos materiales inmediatamente a disposición de la División de Ejecución para Inspección y copia a petición. E. Al no admitir ni negar las conclusiones de hecho o las conclusiones de la ley, Schoemmell y Thorkelsson coinciden en que ni ellos ni ninguno de sus agentes o empleados bajo su autoridad o control tomarán acción o declararán públicamente negando, directa o indirectamente , Cualquier conclusión o conclusión de la Orden, o crear o tender a crear la impresión de que la Orden carece de base factual, sin embargo, que nada en esta disposición afectará a Schoemmell o Thorkelssons (i) obligaciones testimoniales; ) El derecho a adoptar posiciones fácticas y jurídicas en otros procedimientos en los que la Comisión no es parte. Schoemmell y Thorkelsson tomarán todas las medidas necesarias para asegurar que todos sus agentes y empleados bajo su autoridad y control entiendan y cumplan con este acuerdo. Dado: 1 de mayo de 2000 Comisión de Comercio de Futuros de Productos Básicos 1 Ni Schoemmell ni Thorkelsson consienten a este uso de su respectiva Oferta, o las conclusiones de esta Orden consintieron en sus Ofertas, como única base para cualquier otro procedimiento presentado por la Comisión, Que un procedimiento llevado a hacer cumplir los términos de esta Orden. Schoemmell y Thorkelsson tampoco consienten en el uso de cualquiera de las ofertas o de las conclusiones en esta Orden por cualquier otra persona o entidad en este o en cualquier otro procedimiento. Las conclusiones hechas en esta Orden no son vinculantes para cualquier otra persona o entidad nombrada como demandada o demandada en este u otro procedimiento. 2 Internet es un medio altamente beneficioso que facilita la difusión de la información, pero que también permite a los infractores potenciales llegar a millones de personas en todo el mundo rápidamente ya muy bajo costo. Mediante este y otros procedimientos, la Comisión se ocupa de los fraudes cometidos en Internet con el fin de promover la integridad de las promociones realizadas en relación con los futuros de productos básicos y las oportunidades de negociación de opciones en la web. 3 En el asunto de RampW Technical Services, Inc., Current Transfer Binder Comm. Fut. L. Rep. (CCH) 27.582 en 47.740-47.741 (CFTC de 16 de marzo de 1999), afd en la parte relevante. RampW Técnica Svcs. Inc. contra CFTC. 2000 WL 217498 (5a Cir., 24 de febrero de 2000). Véase, por ejemplo, Saxe v. E. F. Hutton. 789 F.2d 105, 110 (2d Cir. 1986) Kelley v. Carr. 442 F. Supp. 346, 351 - 54 (W. D., Michigan, 1977), en parte, revd en parte. 691 F.2d 800 (6 de enero de 1980) CFTC c. Opciones de Love Associates, Ltd. 422 F. Supp. 652, 655 (S. D.N. Y. 1976). 4 Las declaraciones fraudulentas que induzcan a los miembros del público a comprar software que genere señales específicas de compra y venta para el comercio de futuros de productos básicos satisfacen el requisito de la Sección 4b (a). RampW Técnica Svcs. . 2000 WL at 217498. Véase también Hirk v. Agri-Research Council, Inc.. 561 F.2d 96 (7 de diciembre de 1977) (observando que el inciso o en relación con el requisito debe interpretarse con flexibilidad para incluir la conducta engañosa que se produce antes de la apertura de una cuenta real de comercio de productos básicos). 5 CFTC contra Savage. 611 F.2d 270, 281 (9a Cir. 1979) (acción coercitiva acusando al demandado de hacer falsos informes a los clientes, realizar labores de lavado y presentarse al público como CTA sin registrarse en la Comisión). 6 Sección 1a (5) de la Ley, 7 U. S.C. 1a (5). Por lo tanto, el Artículo 4 o (1) de la Ley y el Artículo 4.41 del Reglamento no se aplican a una CTA que es el editor o productor de cualquier información impresa o electrónica de difusión general y regular, incluyendo a sus empleados cuyas recomendaciones son. Es únicamente incidental a la conducta de su negocio o profesión. Esta exclusión está diseñada para proteger a los editores incidentales de asesoramiento, tales como revistas y periódicos generales, no a los editores que se concentran específicamente en el asesoramiento sobre productos básicos. Servicios Técnicos de RampW. . 2000 WL at 7. 7 Véase CFTC c. British American Commodity Options Corp. 560 F.2d 135, 141 (2d Cir. 1977), cert. Negado 438 U. S. 905 (1978) (una empresa que ofreció opiniones y asesoramiento, y emitió análisis e informes sobre el valor de los productos básicos para los clientes, era una CTA bajo la Ley.) Gaudette v. Panos. 644 F. Supp. 826, 839 (D. Mass. 1986) (los acusados que representaban sus habilidades de asesoramiento para ser ejemplares, sugirieron que los demandantes abrir una cuenta de productos básicos y luego recomendó ciertos contratos de futuros para la inversión fueron CTAs).
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